Ley contrato sector publico

Ejemplo de contrato público

El ciclo de contratación pública comienza con la identificación de una necesidad y termina con la adjudicación de un contrato. La intención de esta definición es simplificar el ciclo de adquisición y ponerlo en contexto excluyendo cualquier elemento que no entre en esta función específica. En algunas definiciones, incluso los elementos de control de inventario y gestión logística se consideran parte del ciclo de adquisición, pero en realidad tienen lugar durante la Administración de Contratos.

Una vez que se entienda el objetivo de la contratación pública se obtendrá una comprensión más clara. A los efectos de este folleto, se entiende que el ciclo de contratación pública abarca todas las acciones desde la identificación y planificación de una necesidad hasta la adjudicación de un contrato

El objetivo de la contratación pública es adjudicar contratos oportunos y rentables a contratistas, proveedores y prestadores de servicios cualificados para el suministro de bienes, obras y servicios en apoyo de las operaciones del gobierno y los servicios públicos, de conformidad con los principios y procedimientos establecidos en las normas de contratación pública.

Marcos del sector público

La ley de contratación pública regula la adquisición de contratos de bienes, obras o servicios por parte de los organismos del sector público y determinados organismos del sector de servicios públicos. La ley tiene por objeto abrir el mercado de la contratación pública de la UE a la competencia, evitar las políticas de “compra nacional” y promover la libre circulación de bienes y servicios.

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Estos Reglamentos incorporan a la legislación británica la Directiva consolidada de la Comisión Europea sobre contratación pública (2004/18/CE), adoptada en marzo de 2004.    La UE está debatiendo actualmente la revisión total de las Directivas sobre contratación pública, pero pasarán al menos un par de años antes de que esos cambios se incorporen a la legislación británica.

Actualmente, los Reglamentos dividen los servicios en los denominados “Parte A” (o “prioritarios”) y “Parte B” (o “residuales”).  Sólo los servicios de la Parte A están totalmente cubiertos por el Reglamento.    Los servicios de la Parte B están sujetos a un régimen menos estricto y sólo se aplican algunas de las normas detalladas del Reglamento.

Los propios Reglamentos no exigen ninguna forma de publicidad previa o licitación de los servicios de la Parte B.    Sin embargo, siguen estando sujetos a las obligaciones generales de transparencia, igualdad de trato, no discriminación y proporcionalidad que se derivan directamente del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) cuando el contrato tiene “cierto interés transfronterizo”.    Lo que esto significa en términos prácticos se explica en el apartado “Contratos por debajo del umbral financiero”, que se expone a continuación.

Reglamento de contratos públicos 2015

El pasado viernes 9 de marzo entró en vigor la nueva Ley de Contratos del Sector Público. Esta ley supone un importante avance en materia de contratos públicos y en todo lo relacionado con los procedimientos de contratación.

Entre otros muchos elementos, la ley facilita el acceso de las PYMES a los procedimientos de contratación, fomenta la transparencia e introduce nuevos criterios que hacen prevalecer la calidad de una oferta sobre una decisión basada exclusivamente en el precio. También aborda la cuestión de los sobrecostes, establece disposiciones sobre el uso de “contratos menores” y prevé nuevos requisitos y medidas en materia de empleados y de impuestos para los contratistas.

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La nueva Ley de Contratos del Sector Público incorpora al ordenamiento jurídico español las Directivas de la UE sobre contratación pública, en particular, la Directiva 2014/24/UE sobre contratación pública y la Directiva 2014/23/UE sobre contratos de concesión.

El recurso especial se ha afianzado en materia de contratación pública como mecanismo de reacción de las empresas interesadas ante posibles irregularidades en los procedimientos de contratación pública, y el objeto de estos recursos se ha ampliado considerablemente para recoger actos posteriores a la adjudicación, como las modificaciones.

Empleos en el sector público

La ley de contratación pública regula la compra de bienes, obras o servicios por parte de los organismos del sector público y de algunos organismos del sector de servicios públicos. La ley tiene por objeto abrir el mercado de la contratación pública de la UE a la competencia, evitar las políticas de “compra nacional” y promover la libre circulación de bienes y servicios.

Estos Reglamentos incorporan a la legislación británica la Directiva consolidada de la Comisión Europea sobre contratación pública (2004/18/CE), adoptada en marzo de 2004.    La UE está debatiendo actualmente la revisión total de las Directivas sobre contratación pública, pero pasarán al menos un par de años antes de que esos cambios se incorporen a la legislación británica.

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Actualmente, los Reglamentos dividen los servicios en los denominados “Parte A” (o “prioritarios”) y “Parte B” (o “residuales”).  Sólo los servicios de la Parte A están totalmente cubiertos por el Reglamento.    Los servicios de la Parte B están sujetos a un régimen menos estricto y sólo se aplican algunas de las normas detalladas del Reglamento.

Los propios Reglamentos no exigen ninguna forma de publicidad previa o licitación de los servicios de la Parte B.    Sin embargo, siguen estando sujetos a las obligaciones generales de transparencia, igualdad de trato, no discriminación y proporcionalidad que se derivan directamente del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) cuando el contrato tiene “cierto interés transfronterizo”.    Lo que esto significa en términos prácticos se explica en el apartado “Contratos por debajo del umbral financiero”, que se expone a continuación.